El Centro Democrático radicó 2 proyectos de reforma a la Constitución que buscan restringir aspectos fundamentales del Acuerdo de Paz en lo relativo a su punto central: la participación política de los ex insurgentes. El que más ha trascendido en la opinión pública es el que busca prohibir la posibilidad de considerar conexos al delito político, los delitos de secuestro y aquellos relacionados con narcotráfico. Usando la misma terminología del Acuerdo de Paz y la ley 1820, que reglamentó lo relativo a las amnistías e indultos, establece que en ningún caso tales delitos serán considerados conductas dirigidas a promover, facilitar, apoyar, financiar u ocultar el desarrollo de la rebelión.

Manuel Garzón
¡Libertad para Santrich! No a la extradición. Ni en su caso, ni en ningún otro.
La exigencia de libertad para Jesús es, a su vez, paradójicamente, una exigencia al Estado colombiano de cumplir no solo el Acuerdo de Paz, sino también, y sobre todo, la Constitución Política, las leyes y los tratados internacionales en materia de derechos humanos.
Nuestro Acuerdo es con la Gente: la FARC vamos a las elecciones
En ese sentido, un acto de consecuencia y compromiso con el proceso de paz es normalizar la participación del partido político FARC surgido como resultado de los Acuerdos. Sin embargo, sectores de talante progresista que defendieron con decisión el proceso, se esfuerzan ahora por distanciarse del Partido.
Crímenes de lesa humanidad y paramilitarismo: el proceso contra Santiago Uribe Vélez por los 12 apóstoles
El hermano del expresidente de Colombia estaría en la cúspide del proyecto paramilitar nacional, como un jefe de, al menos, la misma jerarquía de quienes estuvieron como comandantes en el proceso de la ley 975 de 2005, y con mucho más poder político que cualquiera de ellos. Hace pocos días inició formalmente la etapa de […]
Arte popular y cultura para la paz: apuestas estratégicas hacia la Nueva Colombia
El momento histórico nos impone superar inanes discusiones teóricas -que no pocas veces son el disfraz de intereses mezquinos personales o sectoriales- para, desde la práctica creativa y sensible, cautivar, enamorar y sumar voluntades y corazones a los procesos de transformación. Inventarnos y reinventarnos a partir de la sensibilidad y la emoción.
¿“Terceros” o determinadores? el proyecto económico paramilitar en Bajo Atrato
El caso de Curvaradó y Jiguamiandó debe ser el más documentado en el país en que se demuestra la relación entre sectores empresariales, institucionalidad civil y militar, grupos paramilitares, proyectos económicos y violaciones a derechos humanos y ambientales. Sin embargo, no es un caso excepcional o extraño: en vastas regiones del país, usando como excusa el desarrollo del conflicto armado, se impuso un modelo económico de acumulación por desposesión a partir del saqueo y el despojo llano; en que, con ciertas variaciones, se repitió lo ocurrido en el Bajo Atrato.
Fortalecer la JEP, exigir su cumplimiento, materializar el acuerdo
Los incumplimientos al Acuerdo buscan generar tensiones al interior de la insurgencia, romper su cohesión y reventar el proceso; también desincentivar el apoyo de la sociedad civil a lo ya alcanzado. En ese contexto, debilitar aún más la JEP, tachándola como un escenario ilegítimo de impunidad estatal, además de injusto, no parece ser lo más pertinente, adecuado ni oportuno. Al contrario, el proceso debe ser rodeado, fortalecido y rescatado de quienes pretenden vituperarlo.
Implementación del Acuerdo de Paz y Gobierno de Transición: apuestas y necesidades para el año que empieza
La experiencia internacional demuestra cómo la etapa más compleja y peligrosa de un proceso de paz es su implementación. De allí entonces la necesidad de asegurar la conformación de un Gobierno de Transición que permita consolidar el Acuerdo para la Terminación del Conflicto Armado; para a partir de allí, construir las condiciones que materialicen el desarrollo de una Paz Estable y Duradera; hacia un país incluyente, democrático y pluralista.
¡Acuerdo ya! El fin de la guerra está próximo
No parecen convenientes, ni ágiles, las propuestas bien intencionadas de realizar consultas populares o convocar a un nuevo plebiscito; tampoco buscar la solución en audaces figuras jurídicas que se realicen en el seno del Congreso o en sentencias o autos de la Corte Constitucional. La solución está en las calles y en la movilización popular: el deber jurídico y la responsabilidad política de dar validez al Acuerdo corresponde al Gobierno Nacional y principalmente al Presidente de la República, quien conserva todas las facultades jurídicas que le permiten implementarlo. La decisión es política, tiene un contexto favorable para tomarla y es urgente que lo haga cuanto antes. Debemos exigírselo.
Una defensa jurídica de la Jurisdicción Especial para la Paz: hacia la develación de la criminalidad estatal
Ni la insurgencia ni los movimientos sociales hemos logrado -por ahora- la conquista del poder institucional. Y, haciendo un análisis concreto de la situación concreta, no hemos estado ni remotamente cerca de ello. La solución política del conflicto armado abre la posibilidad de construir una paz estable y duradera, cuya conclusión en el mediano plazo debería llegar a ser la llegada al poder institucional, desde las vías constitucionales y legales, de los sectores alternativos y populares históricamente excluidos y victimizados.
La sonrisa de un país
Aprendizajes de la coyuntura político electoral en España para nuestras realidades, en la disputa por el poder institucional: materialización de la unidad, nuevas maneras de hacer política y sumar, capitalización de la movilización social y formas de comunicar.